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LESIONES DE TRABAJO

Es una cobertura de seguro obligatoria por parte del estado, que ofrece beneficios a trabajadores que sufren lesiones o enfermedades relacionadas con su trabajo.
Cada estado tiene leyes propias y programas para beneficio de los empleados.
El gobierno federal tiene también un programa de compensación al empleado, por lo general para su personal. Para obtener información sobre este programa estatal, contacte a la oficina que corresponda a su ubicación. (Puede encontrar el enlace a la oficina correspondiente a su estado en la página web de oficinas estatales de compensación de los trabajadores en el Departamento del Trabajo de los Estados Unidos.
Por lo general, un empleado enfermo o lesionado por motivo de su trabajo puede obtener compensación al trabajador, sin importar de quien fue la falta, el empleado, el patrón, un compañero de trabajo, un cliente o un tercero, hay que notar que existen excepciones que se detallan abajo.

¿Tengo que haber sufrido la lesión en el lugar del empleo para ser cubierto por el programa de compensación al trabajador?

No. Mientras la lesión o la enfermedad sea relativa al trabajo, está cubierto. Por ejemplo, será cubierto si se lastimó mientras se trasladaba en horas de trabajo, haciendo tareas de su empleo, representando a su lugar de empleo en algún sitio. Conozca más detalles de lo que aplica o no, en relación a lesiones y enfermedades en su trabajo.

¿El programa de compensación de los trabajadores cubre todas las lesiones y enfermedades relativas al empleo?

El programa de compensación de los trabajadores cubre casi la totalidad de lesiones y enfermedades relativas al trabajo, pero no todas. Generalmente el programa no cubre percances que ocurren cuando el empleado esté intoxicado por alcohol o bajo el influjo de drogas ilegales.

    El beneficio también puede negarse en situaciones que involucran:

  • Lesiones causadas por el empleado a sí mismo, a su persona, incluidas aquellas causadas por quien empieza una pelea.
  • Lesiones causadas mientras el trabajador comete un crimen gravez
  • Lesiones causadas mientras el empleado no está en el lugar del trabajo
  • Lesiones causadas cuando el trabajador viole con sus acciones, la política del lugar de trabajo.

¿La compensación de los trabajadores cubre lesiones y enfermedades prolongadas?

Su lesión no tiene que ser resultado de un accidente como el caer de una escalera, para ser cubierta por el programa, muchos trabajadores reciben los beneficios por lesiones o enfermedades resultantes del uso o abuso por un período prolongado de tiempo, ejemplo sería lesiones por estrés repetitivo o problemas crónicos en espalda o columna.
Podría también recibir beneficios por enfermedades y padecimientos resultado gradual de condiciones del trabajo, las relacionadas con el corazón, los pulmones y problemas digestivos relacionados con el estrés.

El programa de compensación al trabajador cubre a todos los empleados?

No. Primeramente no todos los patrones requieren contar con la cobertura de compensación a los trabajadores. Las leyes varían de Estado a Estado, pero la responsabilidad del empleador de ofrecer cobertura usualmente depende de la cantidad de empleados que tenga, el tipo de negocio y que clase de labores hacen los empleados.
Segundo, cada Estado excluye cierto tipo de empleados, aunque esas exclusiones varían, a menudo incluyen trabajadores agrícolas, ayudantes domésticos y jornaleros de temporada.
Conozca más acerca de los requisitos para obtener los beneficios de compensación al empleado en su área.

¿Puedo atenderme con mi médico de confianza y si no, puedo confiar en un médico ofrecido por el plan de mi patrón?

Los Estados tienen diversas reglas sobre quién elige a los médicos en casos de compensación al trabajador. En algunos estados, usted tiene el derecho de elegir a su médico de confianza, otros estados disponen que ésto se solicite por escrito, antes que la lesión o la enfermedad ocurran. Típicamente sin embargo, un trabajador lesionado o enfermo debe –al menos inicialmente– recurrir al médico o centro hospitalario señalado por su empleador.
El diagnóstico de su médico tendrá un gran impacto sobre los beneficios que reciba. (Investigue sobre el desempeño de los médicos en los distintos casos de compensación de los trabajadores). Tome en cuenta que los médicos pagados por el patrón o por las compañías aseguradoras pueden tener un conflicto de intereses respecto a los casos atendidos. Por ejemplo, la relación por su contrato, puede motivar que ciertos médicos afiliados a las compañías, minimicen la gravedad de una enfermedad, de una lesión o que la califiquen de caso pre-existente.
Dependiendo de las reglas relativas en su Estado, usted podría cambiar de médicos en su caso particular de compensación al trabajador, si está inconforme con el que le fue asignado, o si es que desea elegir el suyo.

¿Puedo demandar a mi patrón en corte por una lesión o enfermedad relacionada al trabajo?

Comúnmente no. Como regla general, está limitado a los beneficios otorgados a través del programa de compensación a los trabajadores. No puede entonces demandar por daños como dolor, sufrimiento o angustia mental, pero algunos Estados permiten la demanda al patrón en casos muy específicos, como cuando el patrón causa daño intencionalmente o cuando no se cuenta con la cobertura de compensación al trabajador legalmente requerida en ese Estado. (Investigue aún más sobre cuando es posible demandar por vía separada a la compensación del trabajador, por faltas del empleador).

Conozca sus alternativas legales. Inclusive su derecho de presentar un reclamo de compensación al trabajador

Los patrones en todos los estados, están obligados a brindar a sus trabajadores un ambiente de trabajo seguro y saludable. Algunas veces ellos no cumplen con esta disposición, causando lesiones como resultado. Ocasionalmente sin embargo, los empleados pueden lesionarse en su trabajo, aun cuando se haya hecho el esfuerzo por tener un sitio seguro. Estas lesiones pueden incluir de todo, como fracturas de hueso. Empeoramiento de condiciones preexistentes, enfermedades a causa del empleo y hasta daño psicológico. Todos los estados cuentan con algún plan que ayuda a los trabajadores afectados con lesiones causadas por el empleo.

¿Si me Lastimé en mi Trabajo, Como Puedo Proteger mis Derechos?

La manera más efectiva y la más sencilla de proteger sus derechos legales es reportando la lesión a su patrón. La mayoría de los Estados requieren que usted dé aviso de su lesión dentro de un lapso de tiempo, por lo general el mismo día o dentro del plazo de unos cuantos días después de ocurrido el incidente.
Dependiendo de las circunstancias, del tipo de la lesión, esto no siempre será posible, pero es muy importante avisar del incidente tan pronto como sea posible.
La siguiente medida que usted puede tomar para proteger sus derechos, es presentar un reclamo ante la corte de compensación del trabajador o ante la corte industrial de su estado. De nuevo, esto notifica formalmente a su empleador, a la corte y a la compañía de seguros, de su lesión.
Una vez presentado el reclamo, automáticamente cierta protección entra en efecto y daremos un vistazo a eso en el siguiente segmento.

¿Cuales son mis derechos?

Las leyes de compensación de los trabajadores varían ampliamente de estado a estado. Los derecho brindados a los trabajadores afectados varían mucho también, así como los distintos procedimientos legales que garantizan tales derechos.

    Generalmente hablando sin embargo, existe un buen número de derechos que son comunes a lo largo de casi todos los estados.

  • Usted tiene el derecho de presentar su reclamo por lesión o enfermedad ante la corte de compensación al trabajador o ante la corte industrial de su estado.
  • Si usted está impedido de ir a trabajar por causa de lesión o enfermedad, ya sea temporal o permanentemente, usted tiene el derecho de recurrir a solicitar algún tipo de compensación por discapacidad.
  • Si no está conforme con cualquier decisión de su patron, de la compañía de seguros de su empleador o de la corte de compensación, usted generalmente cuenta con el derecho de apelación a tal medida.
  • Usted tiene el derecho a ser representado por un abogado durante todo el proceso.

Al conocer sus derechos, es importante que como empleado también que sepa sobre su derecho a rechazar ciertas peticiones u ofrecimientos. Por ejemplo, si usted se lesionó y su patrón lo presiona para que use su propio seguro de salud a fin de cubrir su tratamiento médico, usted tiene el derecho de decir “no.”
Y si su empleador le ofrece a usted algún incentivo en su intento de persuadirlo a que no presente un reclamo de compensación al trabajador, esto es ilegal. Usted tiene el derecho de decir “No.”
En cada estado, las leyes disponen que usted puede recurrir al reclamo de compensación al trabajador sin temor a represalias o amenazas de su patrón. Si éste le hace difícil, que usted libremente tome la acción de sus derechos, las penas impuestas al patrón pueden ser muy severas.
Es ilegal que su jefe o supervisor lo acose o de alguna forma haga difícil que usted desempeñe su labor, si el motivo de tal conducta es que usted esté presentando su reclamo.

¿Cuales Son Mis Derechos en Contra de Terceros, Distintos a mi patrón?

En algunos casos, su lesión en el empleo pudo haberse causado por la negligencia de una tercera persona. Dependiendo de las circunstancias, esta otra parte o entidad pudiese ser, por ejemplo: el diseñador o fabricante de alguna pieza defectuosa o tal vez, el chófer de un camión de reparto.
Si usted se lesiona mientras trabaja por la negligencia de una tercera persona, usted puede tener el derecho de presentar un reclamo en contra de esa persona o entidad. Esto se conoce como “reclamo a terceros.” Comunmente estos casos no se llevan ante la corte de compensación de los trabajadores. En su lugar, es a través de demandas civiles y esto se lleva ante juzgados estatales o federales.

Las demandas civiles por lesiones causadas por el empleo, pueden reclamar daños por lesiones adicionales que no son recuperables en en reclamo de compensación al trabajador. Por ejemplo, los beneficios que usted recibe por un reclamo de compensación, usualmente van a reembolsar lo por sus gastos médicos y sueldos perdidos–Usted usualmente no tiene derecho a buscar compensación por dolor sufrimiento. En un reclamo a tercera persona, generalmente usted puede pedir compensación por dolor y sufrimiento, que es una categoría de daño “no económico.”